Noticia de ADA




AVISO BAJO LA LEY DE AMERICANOS CON DISCAPACIDADES

 

En cumplimiento de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (“ADA”), el Departamento de Seguridad Vial y Vehículos Motorizados (FLHSMV) no discriminará a las personas calificadas con discapacidades en sus servicios, programas o actividades.

Empleo: FLHSMV no discrimina por discapacidad en sus prácticas de contratación o empleo y cumple con todas las regulaciones promulgadas por la Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo de EE. UU.

Comunicación Efectiva: FLHSMV intentará, previa solicitud, proporcionar servicios a personas con discapacidades para que puedan participar por igual en los programas de FLHSMV, incluidos los intérpretes de lenguaje de señas, documentos en Braille y otras formas de hacer que la información sea accesible para las personas con impedimentos en el habla, audición, o visuales.

Modificaciones a las Políticas y Procedimientos: FLHSMV hará modificaciones razonables a los programas para asegurar que las personas con discapacidades tengan la misma oportunidad de participar por igual. Por ejemplo, los individuos con animales de servicio son bienvenidos en las oficinas de FLHSMV.

Cualquier persona que requiera una ayuda o servicio auxiliar para una comunicación efectiva, o una modificación de las políticas para participar en el servicio FLHSMV, debe comunicarse con el gerente de la oficina lo antes posible, pero a más tardar 48 horas antes del evento programado.

La ADA no requiere que el FLHSMV tome medidas que alteren fundamentalmente la naturaleza de sus programas o servicios o impongan una carga financiera indebida.

Las quejas de que un programa, servicio o actividad de FLHSMV no es accesible para personas con discapacidades deben dirigirse a:

Department of Highway Safety and Motor Vehicles
Attn: Assistant Chief of Personnel
Neil Kirkman Building Room A413
2900 Apalachee Parkway
Tallahassee, FL 32399-0500
(850) 617-3202

FLHSMV no aplicará un recargo a las personas o grupos con discapacidades para cubrir el costo de proporcionar servicios o modificaciones de la política, como recuperar artículos de lugares abiertos al público pero que no sean accesibles para personas que usan sillas de ruedas.

Departamento de Seguridad Vial y Vehículos Motorizados

Procedimiento de Queja bajo

La Ley de Estadounidenses con Discapacidades

Este procedimiento de queja se establece para cumplir con los requisitos de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (“ADA”). Cualquier persona puede usarla para presentar una queja alegando discriminación por discapacidad en la provisión de servicios por parte de FLHSMV. (La Política de Personal de FLHSMV rige las quejas relacionadas con el empleo de discriminación por discapacidad).

La queja debe ser por escrito y contener información sobre la supuesta discriminación, como el nombre, la dirección, el número de teléfono del reclamante y la ubicación, la fecha y la descripción del problema, junto con información sobre los testigos, si corresponde. Previa solicitud, estarán disponibles medios alternativos de presentación, como entrevistas personales o una grabación de la queja.

El reclamante debe presentar la queja lo antes posible, pero a más tardar 60 días calendario después de la presunta violación a:

Department of Highway Safety and Motor Vehicles
Attn: Assistant Chief of Personnel Room A413
2900 Apalachee Parkway
Tallahassee, FL 32399-0500

Dentro de los 15 días calendario posteriores a la recepción de la queja, el Coordinador o la persona designada se comunicarán con el reclamante para analizar la queja y las posibles resoluciones. Dentro de los 15 días calendario de la reunión, el coordinador o la persona designada responderán en un formato accesible para el reclamante. La respuesta ofrecerá una resolución de la queja.

Si la respuesta no resuelve el problema, el reclamante puede apelar la decisión dentro de los 15 días calendario posteriores a la recepción de la respuesta a:

Department of Highway Safety and Motor Vehicles
Attn: Chief of Personnel
Neil Kirkman Bldg. Room A420
2900 Apalachee Parkway
Tallahassee, FL 32399-0500
(850) 617-3202

Dentro de los 15 días calendario posteriores a la recepción de la apelación, el Jefe de Personal o la persona designada se reunirá con el reclamante para discutir la queja. Dentro de los 15 días calendario posteriores a la reunión, el Jefe de Personal o la persona designada responderá por escrito y, cuando corresponda, en un formato accesible para el reclamante, con una resolución final de la queja.